Deporte en ríos y pantanos: aspectos legales
Los aficionados al deporte en ríos encuentran en el territorio español un atractivo enorme. La navegación en los diferentes tipos de embarcaciones es un tema de interés de los turistas de todo el mundo cuando llegan a los distintos lugares de destino.
Se trata de una gran alternativa para conocer nuevos paisajes, sumar experiencias y acercarse a sitios inimaginados. Sin embargo, la utilización de piraguas y, en alguna medida remos, requiere de permisos que son muy complicados de conseguir.
Aspectos legales básicos para el deporte en ríos
El conocimiento de los aspectos legales para circular en ríos y pantanos españoles puede evitar multas de aproximadamente 6.000 euros. Además, es también importante para la seguridad de los navegantes y su entorno.
Seguro de responsabilidad civil
Las embarcaciones con motor y aquellas que no tengan motor pero superen los 6 metros de eslora deben poseer seguro de navegación. El detalle importante es que el patrón de la póliza debe ser la persona que conduzca la embarcación.
Declaración responsable para la embarcación
La persona que decida navegar por los ríos y pantanos españoles debe presentar con 15 días de anticipación una declaración responsable para el ejercicio de la navegación. No olvidemos que algunos de estos deportes son considerados como de riesgo.
Esta solicitud se presenta en la entidad correspondiente o frente a varios organismos, si se transitará por diferentes cuencas. Asimismo, se abona un canon que depende de la cuenca, el uso y el tipo de embarcación.
La declaración debe ser realizada por todas las personas que vayan a conducir la embarcación en algún momento. Quedan exceptuados quienes dispongan de medios de flotación complementarias de baño, cuando esté permitido y siempre que no superen los 2,5 metros de eslora.
Zonas prohibidas para hacer deporte en ríos
En determinadas épocas del año o por causas de protección de fauna en espacios naturales, es posible que se restrinjan los permisos. Estas prohibiciones tienen por objetivo el cuidado del medioambiente. No obstante, se pueden otorgar permisos excepcionales para embarcaciones que participarán de competencias deportivas o eventos.
Matriculación de la embarcación
Las embarcaciones que estén sujetas a declaraciones responsables tienen, por norma, que ser matriculadas. Se trata de un código que otorgan los registros u organismos de cuenca habilitados para tal efecto.
- Embarcaciones mayores a 2,5 metros de eslora: código otorgado por Comandancia Marítima.
- Embarcaciones menores a 2,5 metros de eslora: se asigna un número al obtener la declaración responsable o el NIRA.
- Si no requiere matriculación o declaración, no tendrá ningún número asociado.
Deporte en ríos: permisos de navegación en piraguas
Los piragüistas que tienen interés particular en obtener permisos para recorrer todas las cuencas españolas se encuentran con varios obstáculos burocráticos. Entre ellos, los siguientes:
Permisos
La Ley de Aguas indica que las personas deberán gestionar sus permisos en el organismo de cuenca correspondiente. Para conseguir la autorización de navegación en todos los ríos y pantanos de España, se deben gestionar alrededor de 50 solicitudes en lugares diferentes.
Otro de los requisitos para estos permisos es que se deberá abonar cánones diferenciados para cada uno de ellos. Por lo tanto, los costos llegan a superar los 1.800 euros.
Plazos
A diferencia de otras licencias en temáticas cercanas que se gestionan y obtienen en línea, las confederaciones tardan varios meses en expedirlos. Entre las causas de esta lentitud, se encuentra la burocracia normativa con cantidad de requisitos, algunos de ellos considerados innecesarios.
Junto a lo anterior, existe una gran incompatibilidad entre los diferentes organismos de cuenca sobre lo que solicitan para otorgar los permisos; lo que podría entenderse como ‘lagunas normativas’.
Actitud de las federaciones frente a estos inconvenientes de la ley
Ante las problemáticas que se presentan para los usuarios de piraguas que navegan en ríos y pantanos por placer, las federaciones presentan alternativas poco convincentes. La propuesta es que el hecho de estar federados disminuye los requisitos y sustituye el otorgamiento de permisos de las confederaciones.
Esto deriva en que los aficionados se sientan obligados a pertenecer a una federación sin que tengan ningún plan de competir en la disciplina. El otro camino es que gran cantidad de piragüistas practiquen su pasión de manera ilegal, con el riesgo de ser multados o enfrentar la ley.
Lo que más preocupa son las prohibiciones sistemáticas que se derivan de las diversas normativas territoriales e hidrográficas de cada ciudad autónoma. También están en cuestión las confusiones conceptuales entre matriculación y la declaración en algunos organismos. En definitiva, todas son cuestiones que perjudican a los usuarios de piraguas.
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