¿Qué son los neuroderechos y por qué debemos considerarlos?
Escrito y verificado por la psicóloga Maria Fatima Seppi Vinuales
A pesar de la existencia de las redes sociales y de la hiperconexión, muchos no dudarían en afirmar que aún hay un límite entre lo público y lo privado. Y dentro de lo último, nadie podría anticiparse ni saber qué pienso ni qué voy a hacer. Sin embargo, el avance de la ciencia y la tecnología nos demuestran que no hay límites para la sorpresa. Por eso los neuroderechos cobran importancia.
La posibilidad de reconstruir nuestras intenciones o acciones mediante ondas cerebrales, y después lograr que una persona ejecute esa misma acción, empieza a mostrar que la privacidad se mueve sobre terreno resbaladizo. Sorpresa y límites tienen que ir de la mano.
Neurociencia y neurotecnología
Partamos de un ejemplo para comprender la importancia de los neuroderechos. Los avances en ciencia y biotecnología permitirían que, con solo imaginar algo, un dispositivo pueda ofrecernos una respuesta o una solución a nuestra demanda.
Algo así como un paralelismo entre nuestras averiguaciones en los principales buscadores que, como resultado, nos sugieren algún tipo de contenido o publicidad en la misma dirección. Ahora bien, avancemos con su equivalente con relación a los avances en el ámbito cerebral.
Por ejemplo, ¿qué pasaría si con solo pensar en que necesito un descanso, recibo un correo electrónico con un par de opciones en el spa? O bien, recordar que debo ir a buscar a mi mascota de la veterinaria y recibir un mensaje en el móvil que diga “recuerda buscar a Toby”.
El avance de la tecnología supone que se puedan leer tus ondas cerebrales y conocer qué es lo que piensas, qué sientes, cuáles son tus planes e ideas. Algo que no es novedoso, puesto que existen herramientas y dispositivos que lo hacen de alguna manera.
¿Qué son los neuroderechos y por qué se plantean?
El debate por los neuroderechos surge a partir de la brain initiative del Brain Research Through Advancing Innovative Neurotechnologies. Es un proyecto que lidera Estados Unidos y que tiene como objetivo obtener un mapa real y dinámico acerca de cómo funciona el cerebro, como camino para entender qué y cómo pensamos, sentimos y tomamos decisiones.
Los avances tienen como finalidad obtener información útil para prevenir y entender el comportamiento de enfermedades como el alzhéimer, el párkinson y las epilepsias. En este punto, nadie duda de la importancia de apostar por la tecnología aplicada al ámbito cerebral.
Sin embargo, no hay que olvidar que detrás de la tecnología hay grandes empresas. Al respecto, Rafael Yuste (participante desde los comienzos del proyecto y actual director del Centro de Neurotecnología de la Universidad de Columbia en Nueva York) señala el doble potencial de la tecnología y la información. Puede dar lugar a escenarios tanto positivos como negativos.
Como respuesta, se empieza a hablar de los neuroderechos y surge la NeuroRights Foundation, que busca poner un límite a los avances de la ciencia y prevenir cualquier uso de la información que no se relacione con el interés general o con el respeto a la persona.
¿Cuáles son los neuroderechos?
Ahora bien, entendiendo el alcance de la neurotecnología, se plantea el debate respecto a la ética y los derechos. Así, se definieron una serie de neuroderechos a proteger y son los siguientes:
- A la identidad. Se refiere a que la tecnología no puede alterar o tergiversar aquello que define el yo de la persona. Protege la individualidad y la autonomía.
- Al libre albedrío. Limita la intervención de la tecnología en el derecho a decidir libremente de las personas. Busca evitar la manipulación a través de la intervención en las ondas cerebrales. Es decir, protege contra los hackers cerebrales.
- Privacidad mental. Implica que los datos obtenidos de las ondas cerebrales no se puedan usar sin el consentimiento de la persona.
- Protección contra los sesgos. Pone un límite a la posible discriminación de las personas a partir de los datos surgidos de las ondas cerebrales.
- Acceso equitativo. Si la tecnología será empleada para mejorar las capacidades cerebrales, debe estar al alcance de todas las personas, no solo de quienes puedan pagar por ella.
Importancia de los neuroderechos
El foco en la protección de los neuroderechos es de enorme trascendencia ante el desarrollo acelerado de la neurociencia y la neurotecnología. Se trata, nada más ni nada menos, de incluir una mirada ética, que limite y regule el uso que se le da a los avances.
Es decir, ante la evidencia de su utilidad, puede significar un avance en la calidad de vida de las personas con diversidad funcional. No obstante, en manos equivocadas es capaz de programar y dirigir el cerebro de otros. Por ejemplo, influyendo en nuestros hábitos de consumo y en la decisión de compra; o en el apoyo y voto a ciertos partidos políticos.
Tal como señalan López Silva et al. (2021), la implicancia que tienen estas tecnologías es enorme, puesto que si puedo acceder o diseñar el mapa de las vías neuroeléctricas, también puedo reproducirlo a través de un dispositivo. Entonces, si conozco el mapa de una acción, a través de un aparato tecnológico podré dar la orden de realizar esa acción a una persona conectada.
De allí que, proyectando un futuro (bastante presente) en el que la confluencia entre lo digital/virtual y lo físico/real será muy difusa, es clave dar un paso adelante y empezar a regular. Entre los antecedentes a tener en cuenta se destaca el caso de Chile, que en los procesos de reforma de su Constitución decide incluirlos.
La tecnología debe ir de la mano de la ética
Quizás, para algunas personas se trate de una idea demasiado revolucionaria, lejana a la realidad. Sin embargo, está casi pisando nuestros talones.
Así como hoy en día usamos relojes que nos indican las pulsaciones y la frecuencia cardíaca, también encontramos dispositivos que pueden acceder a las ondas cerebrales.
De allí la urgencia de regular en materia de neuroderechos y de instalarlo como un tema que le compete a toda la sociedad, ya que aquello de lo que no se habla, no existe. Que los avances en la ciencia no signifiquen un retroceso en materia de libertades.
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- López-Silva, Pablo, & Madrid, Raúl. (2021). Sobre la conveniencia de incluir los neuroderechos en la Constitución o en la ley. Revista chilena de derecho y tecnología, 10(1), 53-76. https://dx.doi.org/10.5354/0719-2584.2021.56317
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Cáceres Nieto, E., Diez García, J., & García García, E. (2021). Neuroetica y neuroderechos. Revista Del Posgrado En Derecho De La UNAM, (15), 50. https://doi.org/10.22201/ppd.26831783e.2021.15.179
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